Si usted o alguien que usted ama está en una relación abusiva y necesita protección, hay muchos recursos disponibles en North Carolina. En nuestro estado, una "orden de restricción" se llama oficialmente una Orden de protección contra la violencia doméstica, comúnmente conocida como "DVPO" o a veces como orden "50B".. Son totalmente gratuitas y pueden presentarse independientemente de la nacionalidad del solicitante.
Una DVPO no es un cargo criminal en sí mismo, pero es un asunto de registro público. Si usted tiene una DVPO sobre un cónyuge abusivo y él o ella viola la orden, entonces él o ella puede ser arrestado en el acto por la violación.
Para solicitar una DVPO, su relación con la pareja maltratadora en cuestión debe ser una de las siguientes: cónyuge o ex cónyuge, una persona con la que conviva o haya convivido anteriormente, un padre, un hijo, un nieto, un abuelo o una persona del sexo opuesto con la que haya estado saliendo.
En el caso de que usted no tenga una relación con la persona abusiva en cuestión que califique para una DVPO, usted puede considerar presentar una orden de "no contacto" o "50C". Este proceso es muy similar a una DVPO, con la diferencia de que la persona en cuestión no será arrestada inmediatamente por violar la orden. Por el contrario, se le acusará de desacato al tribunal.
Para recibir una DVPO, el demandante, o la pareja maltratada, debe demostrar que se han producido malos tratos contra su persona o la de un hijo menor de edad.
Este post tiene por objeto educar a usted en la presentación de una DVPO en North Carolina. No está destinado a ser tomado como asesoramiento jurídico.
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